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Por: Heriberto Torres

Una nueva obligación se estableció para los contribuyentes con uno de los cambios que se hicieron al Código Fiscal de la Federación (CFF), esto como parte de la reforma fiscal 2020.

Esta obligación se trata de presentar un aviso a la autoridad hacendaria para informar el nombre y la clave del RFC de los socios y accionistas cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a estos, lo anterior según el artículo 27, apartado B, fracción VI del mencionado código.

Dicha obligación se debe cumplir dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquél en que se realice la modificación o incorporación del o de los socios y para ello es fundamental contar con las ACTAS DE ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS protocolizada (notaría y registrada ante Registro Público) con la cual se realizará el aviso que solicita la autoridad. De no cumplirse dicha obligación la autoridad impondrá sanciones al contribuyente.

¿Qué es el Libro de Registro de Acciones?

El artículo 128 de la LGSM establece la obligación para las sociedades anónimas de llevar un registro de acciones, que contendrá entre otras cosas el nombre, nacionalidad, domicilio y la indicación de los títulos que le pertenecen (números, series, clases, etc.), así como de las exhibiciones y transmisiones de acciones realizadas.

¿Qué es el Acta de Asamblea General de Accionistas?

El Acta de Asamblea es el documento donde se escriben y respaldan las decisiones y modificaciones de una sociedad. Para que las decisiones que se tomen en empresa tengan validez, se deberá convocar a una junta llamada Asamblea General de Accionistas donde cambios son sujetos a voto y aprobados por los socios. Esta se debe realizar por lo menos una vez al año.

Si aún no has llevado a cabo esta obligación, en GHAR II podemos ayudarte a realizarlo y en caso de no contar con las actas correspondientes, nosotros nos encargamos.

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